La Ley 2/2025 Cambia la Fiscalidad Inmobiliaria en Madrid
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Desde el 1 de julio de 2025, heredar o recibir en donación una vivienda en la Comunidad de Madrid es más barato para una parte de las familias. La Ley 2/2025, de 25 de junio sube la bonificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para los parientes del Grupo III y simplifica el papeleo de las donaciones. Y en la ciudad de Madrid, además, el IBI baja en 2026. Esto es lo que cambia para ti según de quién heredes y dónde esté el piso.
Si Heredas de un Hermano, Tío o Sobrino, Pagas la Mitad
Este es el cambio con efecto real. Si eres cónyuge, hijo, padre, nieto o abuelo del fallecido (Grupos I y II), ya tenías una bonificación del 99 % y sigues igual: prácticamente no pagas. La novedad es para el Grupo III —hermanos, tíos y sobrinos—, que antes solo se ahorraban el 25 % de la cuota y ahora se ahorran el 50 %. La ley extiende además ese 50 % a los parientes por afinidad (políticos) del mismo grupo.
| Quién hereda | Bonificación en Sucesiones |
|---|---|
| Grupo I y II — cónyuge, hijos, padres, nietos, abuelos | 99 % (sin cambios) |
| Grupo III — hermanos, tíos, sobrinos (y afines) | 50 % (desde 01/07/2025; antes 25 %) |
| Grupo IV — primos y no parientes | sin bonificación autonómica |
Para una herencia entre hermanos, pasar del 25 % al 50 % de bonificación puede reducir a la mitad la factura del impuesto. Si tienes una sucesión abierta o previsible en este grupo, es el dato que más te conviene mirar.
Donaciones: Menos Papeleo
La reforma también te lo pone más fácil para donar en vida. La escritura pública deja de ser obligatoria en toda donación: solo se exige cuando la base supera los 10.000 euros. Por debajo de esa cifra basta la autoliquidación.
- Bonificación del Grupo III en Sucesiones y Donaciones
- 50 % (antes 25 %)
- Alcanza también a colaterales y ascendientes/descendientes por afinidad
- Donaciones
- escritura pública obligatoria solo si la base supera 10.000 €
- El origen de los fondos donados debe justificarse en el propio documento
- En vigor
- 1 de julio de 2025 · Ley 2/2025, de 25 de junio (BOCM 27/06/2025)
Los grupos I y II ya disfrutaban del 99 % en donaciones, así que para donar de padres a hijos el cambio relevante es el del papeleo, no el del porcentaje.
Si tu Piso Está en la Ciudad de Madrid, el IBI Baja en 2026
El otro impuesto que notas cada año es el IBI, y ahí decide el ayuntamiento, no la comunidad. El Ayuntamiento de Madrid ha rebajado el tipo general urbano al 0,414 % para 2026 (venía del 0,428 %), según la Agencia Tributaria de Madrid. Es una rebaja modesta, pero se aplica a todos los años que mantengas el inmueble.
Lo Que No Ha Cambiado
Para que te hagas la cuenta completa, lo que sigue igual también cuenta:
- ITP de vivienda usada: 6 % general en la Comunidad de Madrid.
- AJD: 0,75 %.
- Madrid no ha declarado zona de mercado tensionado, así que el alquiler es de renta libre y conservas entera la reducción del 50 % en el IRPF del alquiler de vivienda habitual.
💡 Consejo: Antes de decidir entre heredar, donar o vender, mira de quién heredas y en qué grupo de parentesco estás. En Madrid es lo que más mueve la factura —mucho más que el tipo del IBI o de la plusvalía.
Cada cifra depende de tu caso y del municipio donde esté la vivienda. Tienes las reglas de la Comunidad de Madrid, verificadas y con su norma, y las de la ciudad de Madrid —IBI, plusvalía y bonificaciones— para calcular sobre datos reales lo que te tocaría pagar.
¿Y tu caso, qué dice?
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