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Tengo un piso vacío: lo que cuesta no hacer nada

Un piso parado no es una posición neutra. Tiene un coste fijo, un coste fiscal y, en algunos municipios, un recargo diseñado precisamente para que no te salga a cuenta.

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El coste que sí ves

IBI, comunidad, seguro, suministros mínimos y mantenimiento. Entre todo, un piso medio se lleva entre 1.200 y 2.600 € al año sin generar un euro. No es una cifra dramática por sí sola; lo es cuando la multiplicas por los años que la decisión lleva aplazada.

El coste que no ves: la imputación de renta

Hacienda considera que un inmueble vacío a tu disposición te produce un rendimiento aunque no lo alquiles. Se imputa en el IRPF un 1,1% o un 2% del valor catastral según cuándo se revisó la ponencia de valores del municipio, y tributa a tu tipo marginal. No aparece en ningún recibo: sale en la declaración.

El recargo de IBI

Los ayuntamientos pueden recargar hasta un 150% la cuota del IBI de las viviendas desocupadas de forma permanente. No todos lo han aprobado, y los que lo han hecho exigen una ordenanza específica y una definición de «desocupada» que suele partir de dos años.

Recargo IBI · máximo legal

150 %

Sobre la cuota líquida. Requiere ordenanza municipal aprobada.

Imputación de renta

1,1–2 %

Del valor catastral, a tu tipo marginal de IRPF.

Coste fijo anual

1.200 – 2.600 €

IBI, comunidad, seguro y suministros mínimos.

Dónde está el punto de inflexiónCuando el municipio tiene recargo aprobado, esperar deja de ser una opción cara para pasar a ser la peor de todas. En una ciudad con recargo del 100%, la diferencia entre tener el piso vacío y tenerlo alquilado puede superar los 8.000 € anuales contando el alquiler que no cobras.

Las salidas, ordenadas por esfuerzo

  • Alquiler de larga duración. El más simple y el que más reducciones de IRPF permite si es vivienda habitual del inquilino.
  • Alquiler por habitaciones. Más renta, más gestión, y cada vez más municipios lo están regulando.
  • Alquiler turístico. El de mayor rendimiento bruto y el más restringido: desde mayo de 2026 exige número de registro único, y varias ciudades han cerrado la concesión de licencias.
  • Vender. Cierra el coste de golpe, pero activa la ganancia patrimonial.
  • Reformar y luego decidir. Solo compensa cuando la reforma desbloquea un uso, no cuando solo mejora el acabado.

¿En qué municipio está?

El recargo de IBI, la declaración de zona tensionada y el régimen de turístico cambian el orden de esas cinco salidas por completo.

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