He heredado un piso en Comunitat Valenciana
Las mismas reglas, con las cifras que de verdad se aplican en Comunitat Valenciana. Cada una enlaza a la norma de la que sale.
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Lo que se aplica aquí
| Concepto | Valor | Norma | Efecto en el informe |
|---|---|---|---|
| ISD · plazo de presentación | Mortis causa: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se pide dentro de los 5 primeros meses (devenga intereses de demora). Inter vivos: 30 días hábiles desde el día siguiente a la formalización. | Ley 29/1987 y RD 1629/1991, art. 31.1 y art. 67Vigente 01/01/1988 · Comp. 04/09/2026 | Marca el calendario del plan de acción |
| ISD · bonificación Grupo II | 99 % | Ley 13/1997, de 23 de diciembre (Comunitat Valenciana), art. 12 bis.1.a, en la redacción en vigor desde 03/07/2026 (BOE-A-2026-15683), art. 12 bis.1.aVigente 03/07/2026 · Comp. 13/09/2026 | Cónyuge, ascendientes y descendientes ≥ 21 (Grupo II). Igual que Madrid y Andalucía. |
| CondiciónBonificación del 99 % de la cuota en adquisiciones mortis causa; el art. 12 bis.1.a cubre Grupos I y II con el mismo porcentaje. | |||
| ISD · bonificación Grupo III | no aplica | Ley 13/1997, de 23 de diciembre (Comunitat Valenciana), art. 12 bis (a contrario), art. 12 bisVigente 03/07/2026 · Comp. 13/09/2026 | Sin bonificación autonómica para colaterales; el resultado cambia mucho respecto a hijos y cónyuge. |
| CondiciónEl art. 12 bis sólo bonifica los Grupos I y II. No hay bonificación autonómica en sucesiones para el Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos): se aplica la escala estatal. | |||
| ISD · reducción autonómica por parentesco | Grupo I: 100.000 € más 8.000 € por cada año menor de 21, con el límite de 156.000 €. Grupo II (descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuge, ascendientes y adoptantes): 100.000 €. | Ley 13/1997, de 23 de diciembre (Comunitat Valenciana), art. 10.Uno.a, en la redacción en vigor desde 03/07/2026 (BOE-A-2026-15683), art. 10.Uno.aVigente 03/07/2026 · Comp. 13/09/2026 | Se aplica antes de la bonificación; a diferencia de Andalucía, la Comunitat sí mantiene una reducción general por parentesco. |
| CondiciónReducción análoga a la estatal, muy por encima del mínimo estatal; se aplica antes de la bonificación. El art. 10 recoge además reducciones por discapacidad (120.000 / 240.000 €) y por vivienda habitual del causante (95 %, límite 150.000 €). | |||
| Plusvalía · plazo de presentación | Inter vivos: 30 días hábiles desde la transmisión. Mortis causa: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita por escrito dentro de los 6 primeros meses. | RDLeg 2/2004, art. 110.1 y 110.2Vigente 10/03/2004 · Comp. 04/09/2026 | Trámite distinto del ISD, en otra ventanilla y con otro plazo |
| IRPF · escala del ahorro | ver tabla | Ley 35/2006, último tramo elevado al 30 % por la Ley 7/2024, art. 66Vigente 01/01/2025 · Comp. 04/09/2026 | Grava la ganancia patrimonial al vender |
De dónde sale cada cifra
- ISD · plazo de presentación: Mortis causa: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se pide dentro de los 5 primeros meses (devenga intereses de demora). Inter vivos: 30 días hábiles desde el día siguiente a la formalización. — lo fija España, no el municipio
- ISD · bonificación Grupo II: 99 % — comprobado para Comunitat Valenciana
- ISD · bonificación Grupo III: no aplica — comprobado para Comunitat Valenciana
- ISD · reducción autonómica por parentesco: Grupo I: 100.000 € más 8.000 € por cada año menor de 21, con el límite de 156.000 €. Grupo II (descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuge, ascendientes y adoptantes): 100.000 €. — comprobado para Comunitat Valenciana
- Plusvalía · plazo de presentación: Inter vivos: 30 días hábiles desde la transmisión. Mortis causa: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita por escrito dentro de los 6 primeros meses. — lo fija España, no el municipio
- IRPF · escala del ahorro: ver tabla — lo fija España, no el municipio
- ISD · bonificación Grupo III: no se aplica en Comunitat Valenciana — comprobado, no es un hueco.
He heredado un piso en Aragón
La bonificación del Impuesto de Sucesiones entre padres e hijos no es la misma: aquí 99 %, allí no se aplica. Es la cifra que más mueve lo que cuesta heredar.
Ver el caso de Aragón →Tu piso no es este
Metros, año de compra, valor catastral y situación familiar cambian el resultado. El informe hace este mismo cálculo con tus datos y los de tu municipio.
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