Comprar a tus hermanos su parte del piso heredado
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Si uno de los hermanos se queda el piso heredado y paga a los demás su parte, no paga ITP ni plusvalía municipal, sino actos jurídicos documentados sobre las partes que adquiere, al tipo de su comunidad. Los que venden apenas pagan IRPF si cobran lo declarado en la herencia. Es la forma más barata de conservar el piso.
Cómo tributa comprar la parte de tus hermanos
Cuando un bien no se puede dividir, como un piso, y se adjudica entero a uno de los herederos que compensa a los demás en dinero, la ley lo trata como el fin de la copropiedad, no como una venta (Código Civil, artículo 1062). Por eso no paga el ITP de una compraventa sino el AJD, sobre el valor de las partes que adquieres y nunca por debajo de su valor de referencia (texto refundido del ITP y AJD, artículo 7.2.B). Tampoco paga plusvalía municipal, porque no hay transmisión.
Dos matices. Si pagas menos de lo que valen sus partes, la diferencia tributa como una donación. Y si la extinción es parcial, porque solo compras la parte de uno y seguís dos, el exceso paga ITP.
Caso tipo: quedarte el piso de 200.000 € que heredasteis tres hermanos
Caso tipo: tres hermanos heredáis un piso declarado por 200.000 € y tú te lo quedas entero. Pagas a tus hermanos sus dos tercios, 133.333 €, y el AJD de tu comunidad sobre esos 133.333 €:
| Comunidad | AJD general | AJD que pagas |
|---|---|---|
| País Vasco y Navarra | 0,5 % | 667 € |
| Madrid y Canarias | 0,75 % | 1.000 € |
| La Rioja | 1 % | 1.333 € |
| Andalucía y Asturias | 1,2 % | 1.600 € |
| Comunitat Valenciana | 1,4 % | 1.867 € |
| Aragón, Baleares, Cantabria, Castillas, Cataluña, Extremadura, Galicia, Murcia | 1,5 % | 2.000 € |
Las Castillas son Castilla y León y Castilla-La Mancha. Como compraventa, la misma operación pagaría el ITP de tu comunidad, del 4 % al 10 % según el territorio.
Lo que pagan tus hermanos
Cada uno de tus hermanos tiene una ganancia en el IRPF igual a lo que cobra menos el valor de su parte en la herencia. En el caso tipo, cobran 66.667 € por una parte que declararon por 66.667 €: no hay ganancia y no pagan nada. Si pagaras más de lo declarado, la diferencia tributaría para ellos en la base del ahorro.
💡 Hacedlo en una sola escritura y por el piso entero: la extinción completa, con un solo propietario al final, es la que paga AJD; comprar las partes por separado y en momentos distintos puede pagar ITP.
Si estáis decidiendo entre que uno se lo quede, venderlo o alquilarlo, la comparación está en la página de he heredado un piso.
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