Nuevo precio de la nota simple: la propuesta del Mº de Justicia
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El Ministerio de Justicia sometió a consulta pública, del 22 de julio al 5 de agosto de 2026, un proyecto de real decreto que modifica el arancel de los registradores de la propiedad para incorporar el precio de la nota simple telemática. La prensa habla de una subida del 400 %, pero el documento de la consulta no contiene ningún precio nuevo ni ningún porcentaje. Hoy no hay una subida aprobada.
¿Qué ha propuesto el Ministerio?
El documento es la consulta previa a la norma: explica el problema, la necesidad y los objetivos, sin articulado (consulta pública del Ministerio de Justicia, 21 de julio de 2026). Modifica el Real Decreto 1427/1989, que aprueba el arancel de los registradores. Lo que dice:
| Punto | Qué recoge la consulta |
|---|---|
| Qué se quiere cambiar | Incorporar al arancel la doctrina de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre cómo se cobra la nota simple telemática y la información continuada |
| Por qué | Adaptar el arancel a la Ley 11/2023, de 8 de mayo, que digitalizó el Registro y prohibió enviar información registral por fax |
| Para qué | Garantizar la sostenibilidad económica del servicio y financiar las inversiones tecnológicas |
| Plazo de la consulta | Del 22 de julio al 5 de agosto de 2026 |
¿Qué precio de la nota simple menciona?
El documento cita dos cifras que ya se aplican según la doctrina de la Dirección General, y dice que no están en el arancel:
- 12 euros de minutación global para las notas online que sustituyen a la información continuada que antes se enviaba por fax (Resolución de 10 de diciembre de 2025).
- 9,02 euros por la publicidad formal a través del Servicio de Índices.
No propone un importe nuevo. La cifra del 400 % es de la prensa (titular de ESdiario del 21 de octubre) y no figura en el documento de consulta. No hemos podido contrastarla con el texto del proyecto, que no hemos encontrado publicado.
¿Te afecta si compras o vendes una vivienda?
La nota simple es el extracto del Registro de la Propiedad que dice quién es el titular de una finca y qué cargas tiene. La pide el comprador antes de firmar, y el notario, antes de autorizar la escritura, comprueba la titularidad y las cargas. Si el arancel sube, afecta a quien la solicite; si solo recoge los importes que ya se aplican, no cambia nada. Con lo publicado hoy no se puede saber cuál de los dos casos es.
¿En qué punto está?
La consulta pública es el primer trámite del procedimiento normativo y ya está cerrada. El paso siguiente es el texto del proyecto de real decreto, que todavía no hemos visto publicado. Hasta que se apruebe y se publique en el BOE, lo que rige es el arancel actual.
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