Impuestos de la vivienda en Pamplona
Lo que fija el ayuntamiento: IBI, plusvalía municipal y valor de referencia. Los tributos autonómicos están en la normativa de Navarra.
Publicado: · Revisado:
Tenencia
| Concepto | Valor | Norma | Efecto en el informe |
|---|---|---|---|
| Contribución Territorial · bonificaciones | 50 % durante tres años por instalar energía solar u otras renovables (autoconsumo, con rentas hasta cuatro veces el SMI). Hasta el 90 % para la vivienda habitual de familias numerosas o monoparentales y perceptores de pensión no contributiva, Renta Garantizada o Ingreso Mínimo Vital: 90 %, 60 %, 20 % o 10 % según la renta familiar (menos de 1, 2, 3 o 4 veces el SMI). Se piden en enero. | Ordenanza Fiscal n.º 1, Contribución Territorial, Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2026 (aprobación definitiva BON 254 de 23/12/2025), arts. 1 y 2Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026 | Rebajas por renovables y por renta familiar; ninguna es automática. |
| Contribución Territorial · recargo por vivienda vacía | no aplica | Ordenanza Fiscal n.º 1, Contribución Territorial, Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2026 (aprobación definitiva BON 254 de 23/12/2025), arts. 1 a 4Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026 | Un piso vacío no paga recargo en la contribución; solo si está registrado como deshabitado paga el impuesto aparte. |
| CondiciónLa ordenanza de la Contribución Territorial no tiene recargo por vivienda vacía. Pamplona grava aparte las viviendas inscritas en el Registro de Viviendas Deshabitadas (Ordenanza n.º 5): 0,50 % el primer año, 1 % el segundo y 1,5 % desde el tercero, sobre la base de la Contribución Territorial. | |||
| Contribución Territorial · tipo | 0,25 % | Ordenanza Fiscal n.º 1, Contribución Territorial, Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2026 (aprobación definitiva BON 254 de 23/12/2025), art. 4Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026 | El tipo más bajo que permite la ley navarra. |
| CondiciónEn Navarra el equivalente del IBI es la Contribución Territorial. Pamplona aplica el mínimo legal (0,25 %, art. 139.2 de la Ley Foral 2/1995), único para todo el término municipal. | |||
| Ponencia de valoración · vigente desde | 2025 | Ayuntamiento de Pamplona, nueva Ponencia de Valoración de Pamplona / Iruña aplicada en la Contribución Territorial de 2025, Ponencia de Valoración de Pamplona / IruñaVigente 01/01/2025 · Comp. 23/09/2026 | Valores catastrales recién revisados: los recibos de 2025 subieron por eso. |
| CondiciónLa ponencia anterior tenía unos 25 años. La nueva se aplica desde el ejercicio 2025, año en que el Ayuntamiento bajó el tipo al mínimo legal del 0,25 % para amortiguar la subida. | |||
Plusvalía municipal
| Concepto | Valor | Norma | Efecto en el informe |
|---|---|---|---|
| Plusvalía · bonificación por herencia | 100 % | Ordenanza Fiscal n.º 4, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2026 (aprobación definitiva BON 254 de 23/12/2025), art. 3.1.b)Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026 | Heredar de padres, hijos o cónyuge no paga plusvalía en Pamplona. |
| CondiciónNo es una bonificación sino una exención total: las transmisiones por herencia, legado o donación entre ascendientes, descendientes y cónyuges no pagan (art. 3.1.b, y art. 173.1.b de la Ley Foral 2/1995). Otros herederos pagan la cuota completa. | |||
| Plusvalía · coeficientes | ver tabla | Ordenanza Fiscal n.º 4, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2026 (aprobación definitiva BON 254 de 23/12/2025), art. 6 y anexo de tarifasVigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026 | Los máximos legales navarros, que se actualizan cada enero. |
| CondiciónPamplona aplica los coeficientes máximos del art. 175.2 de la Ley Foral 2/1995 «vigentes en cada momento»: los de 2026 son estos y cambian cada año. | |||
| Plusvalía · tipo de gravamen | 17,35 % | Ordenanza Fiscal n.º 4, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2026 (aprobación definitiva BON 254 de 23/12/2025), art. 6 y anexo de tarifasVigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026 | Pamplona cobra la plusvalía; el tipo legal en Navarra va del 8 % al 25 %. |
Alquiler
Alquiler turístico · licencias municipales
Casco Antiguo: nuevas viviendas y apartamentos turísticos prohibidos (solo siguen los que ya tenían licencia). Resto de la ciudad: en edificio residencial solo en planta baja o primera, con límite de un establecimiento y 200 m² si comparten acceso con las viviendas.
PEPRI del Casco Antiguo, arts. 87.3 y 88.2 (BON 24/01/2025): uso prohibido, con la salvedad del art. 88.15 para los que contaban con licencia de obras, apertura o uso. Plan Municipal, art. 28 de la Normativa Urbanística General (BON 20/12/2019): la tabla 3 solo admite la residencia eventual en residencial colectivo en planta baja y primera; si comparte portal, ascensor o escalera, no más de un establecimiento y 200 m² entre VUT y alquiler de habitaciones; en zonas comerciales de centralidad no en planta baja. El alquiler de habitaciones anejo a vivienda habitual se tolera con límites de superficie.
Modificación puntual del PEPRI del Casco Antiguo de Pamplona, aprobación definitiva Pleno 12/12/2024, BON nº 16, 24/01/2025 (L2418356); y modificación del art. 28 de la NUG del Plan Municipal (residencia eventual), BON nº 249, 20/12/2019 (L1915574), PEPRI arts. 87.3, 88.2, 88.15; NUG Plan Municipal art. 28 (tabla 3 y apartado 9 bis)
Vigente 24/01/2025 · Comp. 24/09/2026
IRPF · reducción por alquiler de vivienda
50 %
Alquilar como vivienda habitual aquí reduce a la mitad lo que tributa el alquiler.
Municipio declarado zona de mercado residencial tensionado (Orden Foral 157E/2025). 50 % del rendimiento neto en contratos de vivienda permanente (art. 2 LAU), no por habitaciones; 90 % si el alquiler se hace a través de la sociedad pública del Gobierno de Navarra. Exige inscribir el contrato en el Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda de Navarra.
Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, art. 25.2 y disposición adicional trigésima
Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026
