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Impuestos de la vivienda en Bilbao

Lo que fija el ayuntamiento: IBI, plusvalía municipal y valor de referencia. Los tributos autonómicos están en la normativa de País Vasco.

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✓ Comprobado 23 sep 20268 reglas activasINE 48020

Tenencia

ConceptoValorNormaEfecto en el informe
IBI · bonificaciones para propietarios (Bilbao)Familias numerosas en su vivienda habitual con valor mínimo atribuible hasta 300.000 €: 90 % (especial) o 50 % (general) si el valor catastral no pasa de 100.000 €, y 75 % o 25 % si lo supera. También hay un 50 % para viviendas cedidas a programas públicos de vivienda vacía o alquiler, un 50 % durante cinco años para vivienda protegida y un 10 % durante un máximo de tres años por instalar por primera vez energía solar para autoconsumo (vivienda con valor catastral hasta 230.000 €).Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Bilbao, texto 2026 (BOB nº 192, de 8 de octubre de 2025), art. 10Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026Ceder el piso a un programa público de alquiler rebaja el IBI a la mitad y evita el recargo por vivienda vacía.
CondiciónLas bonificaciones son incompatibles entre sí: solo una por año. Hay además un 90 % por rehabilitación protegida en el Casco Viejo (hasta 10 años) y un 50 % para promotoras. Se piden a instancia del titular.
IBI · recargo por vivienda que no es residencia (Bilbao)25 %Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Bilbao, texto 2026 (BOB nº 192, de 8 de octubre de 2025), art. 11Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026Un piso vacío en Bilbao paga un 25 % más de IBI cada año.
CondiciónSe aplica sobre la cuota líquida a las viviendas que no son residencia del titular ni de un inquilino o cesionario. Se presume residencia si a 1 de enero hay alguien empadronado; si no, solo vale un contrato de alquiler vigente con la fianza depositada. Quedan fuera, entre otras: las viviendas con al menos 30 días de empadronamiento en el año anterior, las cedidas a programas públicos de vivienda vacía o de intermediación, las de edificios en ruina o rehabilitación equiparable a obra nueva y las vacías por ingreso del titular en una residencia o por traslado por dependencia.
IBI · tipo de gravamen urbano (Bilbao)0,183 %Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Bilbao, texto 2026 (BOB nº 192, de 8 de octubre de 2025), art. 9.1 y 9.3Vigente 01/01/2025 · Comp. 23/09/2026Con el valor catastral del piso, este tipo da el recibo anual del IBI antes de bonificaciones.
CondiciónTipo general para uso residencial: 0,1830 %. Las viviendas con valor catastral superior a 230.000 € pagan un tipo diferenciado del 0,2200 %, que solo puede aplicarse como máximo al 10 % de los inmuebles de cada uso con mayor valor catastral. Otros usos: industria 0,4850 %, comercio 0,5000 %, resto 0,3480 % (con tipos diferenciados más altos por encima de su umbral de valor).
Catastro · ponencia de valores vigente (Bilbao)2025Diputación Foral de Bizkaia, Catastro: Valores catastrales, ponencias de 2024, Ponencias de valores 2024Vigente 01/01/2025 · Comp. 23/09/2026Los valores catastrales de Bilbao son de 2025, así que IBI y plusvalía parten de valores recientes.
CondiciónPonencias nuevas aprobadas el 21 de mayo de 2024 para todos los municipios de Bizkaia (BOB nº 104, de 30 de mayo de 2024); los nuevos valores catastrales rigen desde el 1 de enero de 2025. Catastro foral de la Diputación Foral de Bizkaia.

Plusvalía municipal

ConceptoValorNormaEfecto en el informe
Plusvalía · bonificación por herencia (Bilbao)33 %Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana de Bilbao, texto 2026 (BOB nº 192, de 8 de octubre de 2025), art. 11.3Vigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026Heredar de un familiar directo en Bilbao rebaja la plusvalía un tercio si se declara a tiempo.
CondiciónPara descendientes y adoptados, cónyuges o parejas de hecho y ascendientes y adoptantes, sobre la cuota íntegra, siempre que la declaración se presente con la documentación en plazo (un año en herencias, art. 14 b). No exige que sea vivienda habitual.
Plusvalía · coeficientes propios (Bilbao)ver tablaOrdenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana de Bilbao, texto 2026 (BOB nº 192, de 8 de octubre de 2025), art. 6.3 y Anexo IVigente 01/01/2026 · Comp. 23/09/2026Bilbao aplica coeficientes muy por debajo del máximo foral, así que la plusvalía resulta menor que con la tabla de Bizkaia.
CondiciónTodos por debajo del máximo de Bizkaia (art. 4.3 de la Norma Foral 8/1989, redacción de 1 de enero de 2025: de 0,10 a 0,35). Menos de un año: se prorratea por meses completos. Si un nuevo máximo foral quedara por debajo de alguno de estos, se aplica el máximo.
Plusvalía · tipo de gravamen (Bilbao)17 %Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana de Bilbao, texto 2026 (BOB nº 192, de 8 de octubre de 2025), art. 11.1 y Anexo IIVigente 01/01/2025 · Comp. 23/09/2026Es el porcentaje que se aplica al incremento de valor del suelo calculado.
CondiciónUn único tipo para todos los periodos de tenencia.

Alquiler

Zona de mercado residencial tensionado

Zona de mercado residencial tensionado declarada por el Gobierno Vasco (Ley 12/2023).

Si alquilas aquí, la renta de un nuevo contrato está limitada por la del contrato anterior y, en algunos casos, por el índice de referencia.

Orden de 21 de agosto de 2025 del consejero de Vivienda y Agenda Urbana (BOPV n.º 167, de 4 de septiembre de 2025). Se aplica desde el 31 de octubre de 2025, día siguiente a la publicación en el BOE de la resolución estatal del tercer trimestre de 2025, y está vigente tres años, prorrogable por años. En la zona, la renta de un nuevo contrato no puede superar la del último contrato de los cinco años anteriores, actualizada (art. 17.6 LAU). Si el arrendador es gran tenedor (más de diez viviendas o más de 1.500 m² construidos de uso residencial; la Orden de 9 de julio de 2026 inició el cambio a cinco o más, y hasta que se publique rige el umbral de diez) o la vivienda no se ha alquilado en los últimos cinco años, la renta inicial tiene como tope el índice de precios de referencia (art. 17.7 LAU).

Orden de 21 de agosto de 2025, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, de declaración de Bilbao como zona de mercado residencial tensionado (BOPV n.º 167, de 4 de septiembre de 2025); vigencia según Resolución de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana (BOE-A-2025-21901), Resuelvo; art. 18.2.d) Ley 12/2023
Vigente 31/10/2025 · Comp. 23/09/2026

Cómo mantenemos estoEstas cifras se leen directamente de las ordenanzas publicadas y se comprueban a mano. Si alguna no te cuadra, avísanos: cada tarjeta y cada fila tiene su propio aviso, y un dato reportado dos veces se despublica hasta que lo revisemos.
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